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42-B Cancelación de la expulsión

42-B Cancelación de la expulsión

May 15, 2023
March 14, 2024
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La cancelación de la expulsión es una forma de detener los procedimientos de expulsión en su contra. Si se aprueba su solicitud de cancelación, ya no estará en proceso de expulsión. Un juez de inmigración (IJ) escuchará su caso y decidirá si reúne los requisitos para la cancelación de la expulsión. Para presentar una solicitud, debe presentar una solicitud EOIR-42B. Para calificar para la cancelación de la expulsión, debe demostrar: (1) que ha estado físicamente en los Estados Unidos durante 10 años, sin salir; (2) buen carácter moral durante los 10 años; (3) no ha sido condenado por un delito grave agravado, un delito relacionado con las drogas u otros delitos graves; y (4) tener dificultades para su ciudadano de los Estados Unidos o cónyuge, hijo o padre residente legal permanente.Presencia física durante 10 años Debe permanecer en los Estados Unidos durante 10 años. Sin embargo, dejará de cobrar este tiempo si recibe una notificación para que comparezca ante un tribunal de inmigración o si comete un delito grave que lo convertiría en deportable o inadmisible. Debe tener 10 años antes de recibir una notificación para comparecer o cometer un delito grave. Si no tiene esos 10 años, es posible que no reúna los requisitos para cancelar la expulsión. Si sale de los Estados Unidos, no puede haber estado fuera más de 90 días de una sola vez, ni más de 180 días durante los 10 años completos. Debe mostrar un comprobante de sus 10 años en los Estados Unidos. Esto puede demostrarse en documentos gubernamentales, recibos, fotografías, cartas de familiares, documentos relacionados con el trabajo, como recibos de pago, o facturas, como las facturas de alquiler o electricidad.Buen carácter moral El IJ debe decidir si usted tiene un buen carácter moral. No hay una definición específica de buen carácter moral. Sin embargo, el IJ revisará los 10 años que ha permanecido en los Estados Unidos y decidirá si: usted ha bebido demasiado, ha cometido un delito grave con agravantes, ha introducido de contrabando a otros extranjeros, ha cometido un delito de depravación moral, ha tenido más de un cónyuge a la vez o ha cometido delitos que equivalen a permanecer en prisión durante más de 180 días. Un delito de bajeza moral se considera un delito grave, como el fraude, el asesinato, la violación, los delitos relacionados con las drogas y otros delitos que hacen que el IJ piense que usted no tiene un buen carácter moral.Dificultades excepcionales y extremadamente inusuales Debe demostrar dos cosas: (1) tiene un cónyuge, hijo o padre que es ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal y (2) su expulsión de los Estados Unidos será demasiado difícil para ese pariente. Su familiar Debe demostrar que su expulsión perjudicará a un cónyuge, hijo o padre que se considere ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal. Su hijo debe ser menor de 21 años hasta que finalice el proceso de expulsión. Si tiene un hijastro, debe ser menor de 18 años hasta que finalice el proceso de deportación. Si apela la decisión de IJ, su hijo puede cumplir 21 años y su hijastro 18. Si usted o su cónyuge están embarazadas, el bebé no cuenta como hijo hasta que nazca. Dificultad La dificultad debe demostrar que su pariente ha sufrido un daño grave. Debe ser algo más que el dolor de la separación o algunos limitaciones financieras. El IJ analizará varios factores para determinar si su familiar está sufriendo un daño grave. Esto incluirá la edad, el estado de salud y las circunstancias del familiar. Un ejemplo es un pariente muy enfermo o usted es la única persona que proporciona dinero para su familia. Por lo general, las dificultades económicas se dividen en tres categorías: 1) financieras, 2) emocionales y 3) médicas. Durante el juicio, o «audiencia de méritos», el juez de inmigración, el abogado del Departamento de Seguridad Nacional y su abogado de inmigración examinará cada uno de estos factores para el pariente que reúne los requisitos. Se debe determinar si, en función de todas las circunstancias, su pariente que reúne los requisitos sufrirá alguno de estos tipos de dificultades.Prueba Debe presentar documentos que demuestren una cantidad continua de tiempo en los Estados Unidos. Estos documentos pueden ser estados de cuenta bancarios, contratos de arrendamiento, escrituras, licencias, recibos, cartas, registros de nacimiento, registros eclesiásticos, registros escolares, registros laborales o pagos de impuestos. La cantidad de pruebas siempre variará según el caso, pero se recomienda presentar la mayor cantidad posible, ya que solo tiene un intento de ganar un caso que ya es demasiado difícil. La evidencia de un buen carácter moral puede incluir una prueba de caridad o de voluntariado. También puede incluir cartas y declaraciones juradas de amigos, familiares, empleadores, miembros del clero u otras personas que expliquen por qué usted tiene un buen carácter moral. También debe mostrar documentos oficiales que demuestren su parentesco con el ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos, lo que resultaría extremadamente perjudicial si lo expulsaran de los Estados Unidos. Esta prueba puede ser un certificado de nacimiento, certificados de matrimonio, comprobantes de divorcio y certificados de defunción. Tanto en el caso de dificultades emocionales como médicas, el Tribunal de Inmigración normalmente exige algo más que documentación, sino evaluaciones y recomendaciones reales por parte de profesionales médicos en las que se expongan cada dificultad emocional o médica y el grado en que las sufrirá el familiar que reúne los requisitos si el familiar que solicita la anulación de la expulsión no existe. Una vez más, no puede dar respuestas o documentos falsos al IJ. Si presenta pruebas falsas, ya no tendrá derecho a la cancelación de la expulsión y podría ser encarcelado o multado.

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